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Participaciones del usuario Jevivi - Fiscalidad

Jevivi 12/09/12 09:41
Ha respondido al tema Las plusvalías generadas en el primer año tributarán al IRPF
Buenas tardes Empty: Esta claro que todo el "proceso" debe de llevar una "forma", pera tambien una "manera". Desde luego la forma con la que estan actuando a la hora de dar determinadas noticias, no es la adecuada, bajo mi punto de vista y me da a entender que no tienen las cosas suficientemente claras, si el fondo (frenar la especulacion) pero no la manera (cada dia haciendo una matizacion). Una noticia dicha en fecha X, es cambiado a la semana y matizada al dia siguiente. Si esto es la "confianza" de la que alardeaban estos, pues ya me diras. Un saludo.JEVIVI
Jevivi 12/09/12 06:36
Ha respondido al tema Las plusvalías generadas en el primer año tributarán al IRPF
Buenos dias: Da la sensacion, que realmente no tienen muy claro como van, y a que productos van a aplicar la medida y van dando "palos de ciego". Deberian centranse y clarificar las cosas, antes de ir mareando al personal. Lo comento por el siguiente titular: http://www.eleconomista.es/economia/noticias/4242622/09/12/El-Gobierno-asegura-que-la-subida-fiscal-a-las-plusvalias-se-limitara-a-las-acciones.html Un saludo de JEVIVI
Jevivi 11/09/12 15:42
Ha respondido al tema Las plusvalías generadas en el primer año tributarán al IRPF
Buenas noches Amparo Sisternes. Seguramente mi consulta es un poco precipitada, pero: ¿Que ocurrira con las minusvalias generadas por la venta de acciones u otro tipo de productos (CFD,s...), que no se puedan compensar con plusvalias, reduciran el IRPF o por el contrario tendras 4 años para compensarla con plusvalias como hasta ahora?. Gracias por tu labor. Un saludo de JEVIVI
Jevivi 22/03/12 08:06
Ha respondido al tema Fiscalidad ETFs
Que yo sepa, ninguna, pues la unica opcion para diferir el pago a Hacienda con la venta de un Fondo de Inversion es traspasarlo a otro Fondo. Como tu intencion, segun comentas, es comprar un ETF, deberas tener en cuenta que previamente deberas pasar por caja (hacienda) y en el momento lo vendas te vendra en el justificante que te presentara el Banco, la retencion correspndiente. Un saludo de JEVIVI
Jevivi 01/02/12 11:50
Ha respondido al tema Precio Compra Acciones con Ampliacion de Capital
Gracias Lunatico, por la aclaracion. Un saludo y felices plusvalias . JEVIVI
Jevivi 01/02/12 10:40
Ha publicado el tema Precio Compra Acciones con Ampliacion de Capital
Jevivi 13/04/11 05:41
Ha respondido al tema Rescate de Seguro Cavalsegur con Reduccion Fiscal segun IRPF 2006
Gracias al.rodrigo: Quiza no me he explicado bien: El caso, es que haciendo la declaracion de la renta de mis suegros. Aparece que han rescatado en fecha de 31/01/201 un Plan de Seguros CAVALSEGUR. Paso a detallarte los epigrafes que aparecen y los importes con mejor detalle que en el primer comentario que hice que me salio un "churro". - Ramo Seguros: CAVALSEGUR - Fecha Rescate/prestacion: 31/01/2010 - Ingreso Integro : 5.540,75 euros - Retencion/ingreso a cta. repercutido: 1.052,74 - Rendimiento IRPF: 5.540,75 - Retencion fiscal IRPF 2006 a efectos de compensacion fiscal: 1.743,49 - Reduccion fiscal segun IRPF 2006 a efectos a compesacion fiscal 3.797,26 Mi duda es en que casillas debo de colocar cada uno de los conceptos, retenciones y reducciones, (todavia no tengo el Borrador de Hacienda) Creo que van en la Casilla 739 - Casilla 27 Agradeciendo tu respuesta por anticipado, Un saludo de JEVIVI.
Jevivi 12/04/11 15:01
Ha respondido al tema Rescate de Seguro Cavalsegur con Reduccion Fiscal segun IRPF 2006
Acudo a vosotros, estoy realizando la Declaracion renta y me surge la siguiente duda : ¿en que casilla va cada uno de estos datos? Seguro CAVALSEGUR.(aporto cantidades periodicas y rescato en 2010) Ingreso - Retencion/ingreso a cuenta repercutido - Rendimiento IRPF - x.x40,75 x.x52.74 x.x40.75( Igual INGR) Retencion fiscal IRPF 2006 efectos compensacion fiscal - Reduccion segun IRFP a x.x43.49 x.x97.26 Es que todavia no me han mandado el Borrador y quiero saber donde debo reflejar estos conceptos: CREO que van en casilla 27 - Casilla 739 Agradeciendo el trabajo que realizais , Un saludo de JEVIVI
Jevivi 12/04/11 14:52
Ha publicado el tema Rescate de Seguro Cavalsegur con Reduccion Fiscal segun IRPF 2006
Jevivi 22/02/11 03:35
Ha respondido al tema Fiscalidad ERE
Buenos dias Tonior01: Si te despiden en el año 2011: En los despidos como consecuencia de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), tramitados de conformidad con los dispuesto en el ET art. 51 y previa aprobación de la autoridad competente, se deban a causas económicas, técnicas organizativas de producción o de fuerza mayor, quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente. Es decir, que será de 45 días de salario por año de servicio, con un límite de 42 mensualidades. Si tu ERE hubiera sido anterior al 8 de marzo del 2009: el límite exento , hubiera sido el que corresponde a la cantidad de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. Que hubieras tenido que reflejar en la Declariacion del 2009 (Realizada en el año 2010)